Los reglamentos de la UE 2019/947 y 2019/945 establecen el marco para la operación segura de drones en los cielos europeos (Estados miembros de la UE y EASA). Adoptan un enfoque basado en el riesgo y, como tal, no distinguen entre actividades recreativas o comerciales. Tienen en cuenta el peso y las especificaciones del dron y la operación que se pretende realizar.
el Reglamento UE 2019/947, que será plenamente aplicable a partir del 30 de diciembre de 2020, atiende a la mayoría de los tipos de operaciones y sus niveles de riesgo., Define tres categorías de operaciones :las categorías «abierta», «específica» y «certificada».
la categoría «abierta» se refiere a las operaciones en el tramo de menor riesgo, en el que se garantiza la seguridad siempre que el operador del dron cumpla los requisitos pertinentes para su operación prevista. Esta categoría se subdivide en otras tres subcategorías llamadas A1, A2 y A3. Los riesgos operativos en la categoría «abierta» se consideran bajos y, por lo tanto, no se requiere autorización antes de iniciar un vuelo.,
la categoría «específica» abarca las operaciones de mayor riesgo, en las que la seguridad está garantizada por la obtención de una autorización de explotación por parte del operador del dron de la autoridad nacional competente antes de iniciar la operación. Para obtener la autorización, el operador del dron debe llevar a cabo una evaluación del riesgo de seguridad, que determinará los requisitos necesarios para la operación segura del dron o drones.
en la categoría «certificado», el riesgo de seguridad es tan alto que se requiere la certificación del operador del dron y de la aeronave para garantizar la seguridad, así como la licencia del piloto o pilotos remotos.,
la gestión del tráfico para drones se garantizará a través del U-space.u-space es otro brazo del marco regulatorio de los drones. Crea y armoniza las condiciones necesarias para que las aeronaves tripuladas y no tripuladas operen con seguridad en el espacio aéreo U, a fin de evitar colisiones entre aeronaves y mitigar los riesgos aéreos y terrestres. El marco regulador del Espacio-U, respaldado por normas claras y sencillas, debe permitir operaciones de aeronaves seguras en todas las zonas y para todos los tipos de operaciones no tripuladas., Esta es la arquitectura del espacio aéreo y los servicios que garantizarán el vuelo seguro de los drones una vez en vuelo. Actualmente se está debatiendo el marco regulador del Espacio-U, cuya publicación está prevista para 2021.
Cómo cumplir con la normativa a partir del 31 de diciembre de 2020
Una vez que la regulación sea aplicable el 31 de diciembre de 2020, su primer paso como operador de drones/ piloto remoto será registrarse en el país en el que vive o tener su lugar principal de negocios. Consulte la lista de referencias de sitios web de drones por país «Drones-Autoridades Nacionales de aviación» para obtener más detalles.,
¿necesito registrar mi drone?
¿Qué sucede una vez que me registro?¿se reconocerá mi registro como operador en toda Europa?
Su segundo paso es asegurarse de que usted, como operador de drones o piloto remoto, esté al tanto de las reglas y riesgos relacionados con la operación. El operador del dron es la persona que está registrada y es responsable de la operación. El piloto remoto es la persona que realmente controla el dron. Un operador de drones también puede ser un piloto remoto o puede emplear uno o más pilotos remotos., El piloto remoto debe tener la formación adecuada para la operación que se va a realizar. Consulte las preguntas frecuentes para obtener más detalles.
requisito de entrenamiento categoría «abierta»
requisito de entrenamiento categoría «específica»
también deberá asegurarse de haber adquirido el seguro requerido para su dron. Le recomendamos que verifique el requisito de seguro con su NAA. Consulte las preguntas frecuentes para obtener más información.
Por último, pero no menos importante, consulte con su NAA dónde está autorizado para volar y dónde necesita tener una autorización de vuelo antes de ingresar a la zona (zona geográfica)., Informe a su NAA de cualquier incidente o accidente del que sea testigo o parte, cuando haya causado una lesión a una persona o cuando haya involucrado a una aeronave con un piloto a bordo.